La creciente complejidad del sistema financiero, debido al tamaño de las entidades que lo integran, la mayor sofisticación de los productos con que operan, así como a su elevada interconexión, exige de los poderes públicos que cuenten con mecanismos y poderes reforzados para afrontar la potencial situación de dificultad en la que se pueden encontrar las entidades de crédito o las empresas de servicios de inversión, respetando la idea esencial, que subyace a todo el articulado de la ley, de evitar todo impacto a los recursos de los contribuyentes.
Durante la crisis financiera de los últimos años, la mayoría de los países desarrollados experimentaron, en mayor o menor grado, el enorme reto que acarrea llevar a cabo la resolución de una entidad de crédito de una manera ordenada y sin poner en juego dinero público. Lo anterior ha puesto de manifiesto que es necesario incluir en los ordenamientos jurídicos potestades específicas que permitan a las autoridades públicas gestionar un proceso, el de resolución de la entidad, de una manera enérgica y ágil al mismo tiempo, con respeto de los derechos de los accionistas y acreedores, pero partiendo del principio de que son estos, y no los ciudadanos con sus impuestos, quienes deben absorber las pérdidas de la resolución.